1. FUNCION DEL
RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO
Responsable del contrato à es el responsable del seguimiento de la operativa,
con poder decisorio y vinculante respecto de las operaciones habituales y
diarias que conlleva la actividad.
Un comité de
seguimiento del contrato à
formado por representantes de una y otra parte, que, en reuniones periódicas –o
extraordinarias–, analice y evalúe el desarrollo de la actividad contratada,
solventando las pequeñas asperezas o dificultades surgidas de la operativa
logística (reclamaciones, existencias o stocks, administración, etc.).
2 ÁMBITO DEL
CONTRATO: ASPECTOS A CONSIDERAR
Resulta esencial
circunscribir el ámbito al que ha de limitarse la prestación de servicios
contratados.
Y, en este
sentido, ha de definirse, con meridiana claridad, tanto los productos del
usuario respecto de los cuales va a recaer la actividad logística prestada por
el operador, como los puntos de recogida o de entrega de los artículos y la
localización geográfica en que han de estar situados los mismos (provincia,
región, nacional, internacional, etc.).
3. OBLIGACIONES DEL OPERADOR
El operador desarrolla
actividades de transporte y distribución de la mercancía, depósito, operaciones
de ruptura de cargas, manipulación, administración, control de existencias,
preparación de pedidos e inventarios, etc. Sin embargo, no se agotan aquí las
infinitas posibilidades de prestación de servicios logísticos.
Así, el operador puede ofrecer:
·
Reposición
de lineales o merchandising. (PRESENTACION
DEL PRODUCTO EN EL LUGAR DE VENTA: OFERTAS, EXPOSICIÓN, COLOCACIÓN, REGALOS)
·
Preparación
de la documentación necesaria en función del tipo de mercancía.
·
Etiquetado
y envasado de los productos para su venta.
·
Despacho
aduanero de la mercancía. (ADMINISTRACIÓN/TRAMITES)
·
Tramitación
de las reclamaciones.
·
Reparación
de la mercancía dañada.
·
Participación
en el proceso de manufactura del producto.
4 SEGUROS BÁSICOS A
CONCERTAR
-
Seguro de daños a la mercancía durante su
transporte.
-
Seguro de daños a la mercancía en almacén (con
cobertura, en su caso, de robo, incendio,
-
etc.).
-
Seguro de responsabilidad civil.
-
Seguro de responsabilidad derivada de daños por
productos defectuosos.
Que va a cubrir el seguro y quien es el
responsable de cubrir las perdidas
5 VALOR DE LA MERCANCIA : DELIMITACIÓN
Se delimitan, sin embargo, causas por las cuales el operador
no resulta responsable, que pueden tener un carácter genérico (fuerza mayor) y,
además, otras propias del contrato de prestación de servicios logísticos (fallo
en el sistema informático, entrega de productos caducados, etc.).
El
operador logístico, en su caso, responderá del valor de la mercancía
siniestrada; es decir, sin aplicación del límite señalado. Resulta esencial, no
obstante, determinar a qué valor nos estamos refiriendo.
Suele
establecerse contractualmente una franquicia
a favor del operador respecto de la pérdida o falta de stock en el almacén
o plataforma. Así, habitualmente se fija un límite máximo admisible de pérdidas
en el stock (generalmente, un porcentaje) que no es posible reclamar al
operador logístico.
6 CONFIDENCIALIDAD: IMPLICACIONES
El
intercambio o conocimiento de determinada información o estrategias
empresariales entre las partes es constante para la buena marcha de las
operaciones y el éxito de la relación, parece conveniente el pacto de
confidencialidad entre las partes y prever las consecuencias de su
incumplimiento.
7 FINAL DE CONTRATO:
CONSECUENCIAS QUE DEBEN PREVEERSE
Sino de las consecuencias que la conclusión puede
conllevar. Por ello, una regulación contractual de dichas consecuencias tiene
que establecerse entre las partes al inicio del contrato. Entre otras, se deben
prever las siguientes:
Ø _ Mercancías en poder del operador.
Ø _ Activos e inversiones acometidas por el operador.
Ø _ Subrogación del cliente en los contratos del operador.
Ø _ Cesiones de licencia (por ejemplo: aplicaciones informáticas o software).
Ø _ Obligaciones fiscales, administrativas, civiles, etc.
Ø _ Plataforma logística.
Ø _ Personal (riesgos de sucesión de empresa).
Ø _ Indemnizaciones.
Son aspectos que nos acercan a la importancia de concretar
los indicaciones para hacer un buen contrato.
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