CONCEPTO
La trazabilidad es “la posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a través de todas las
etapas de producción, transformación y distribución, de un alimento, un pienso,
un animal destinado a la producción de alimentos o una sustancia destinados a
ser incorporados en alimentos o piensos
o con probabilidad de serlo”.
Entonces, según esta
definición será necesario identificar cualquier producto dentro de la
empresa, desde la adquisición de las materias primas o mercancías de entrada,
a lo largo de las actividades de producción, transformación y/o distribución
que desarrolle, hasta el momento en el que el operador realice su entrega al
siguiente eslabón de la cadena.
Es un requisito
fundamental para la gestión de la empresa alimentaria y la empresa de piensos,
que requiere procedimientos documentados orientados a la identificación de todo
producto que se encuentre bajo la responsabilidad de cada operador.
En todas las etapas
de la producción, la transformación y la distribución se deberá asegurar la
trazabilidad de los alimentos, los piensos, los animales destinados a la
producción de alimentos y de cualquier otra sustancia destinada a ser
incorporada en un alimento o un pienso, o con probabilidad de serlo.
TIPOS DE TRAZABILIDAD
Hay que tener en
cuenta que el término trazabilidad, realmente se compone de dos conceptos en
función de la dirección en la que nos dirijamos a lo largo de la cadena
alimentaria. Seguimiento (tracking)
que se refiere a la dirección de la información desde el sector de explotación
y producción hacia las empresas de distribución y suministradores
(supermercados, grandes superficies…), es decir, toda la información que se va
sumando hasta los productos en los centros de distribución. Rastreo (tracing) que se refiere a la
dirección hacia atrás de la información desde los centros o empresas de
distribución hacia los productores.
Por lo tanto, hay que
considerar que el término trazabilidad es bidireccional.
Existen tres tipos de
trazabilidad dependiendo de la dirección desde la empresa hacia el siguiente
eslabón de la cadena alimentaria.
Trazabilidad hacia
atrás
Se refiere a la
recepción de productos. En este momento los registros son la clave necesaria
para que pueda seguirse el movimiento de los productos hacia su origen, esto
es, desde cualquier punto a su etapa anterior. La trazabilidad de la cadena
puede quebrarse por completo si no se dispone de unos buenos registros cuando
se reciben los productos.
Trazabilidad de proceso (interna)
Se trata de
relacionar los productos que se han recibido en la empresa, las operaciones o
procesos que éstos han seguido (equipos, líneas, cámaras, mezclado, división,
etc.) dentro de la misma y los productos finales que salen de ella.
Trazabilidad hacia delante
Qué y a quién se
entregan los productos. A partir de este punto los productos quedan fuera del
control de la empresa.
OBJETIVOS
E INTERÉS DE LA
TRAZABILIDAD.
Un proceso de trazabilidad completo y fiable a
lo largo de la cadena de suministro de un producto es una de las herramientas
indispensables a la hora de prevenir y detectar una crisis alimentaria.
La trazabilidad es un pilar fundamental que
pertenece al concepto general de seguridad alimentaria:
-
Las
partes interesadas de la cadena alimentaria deben contribuir a la salud y el
bienestar de los ciudadanos y por tanto a los intereses sociales y económicos.
-
Se
debe asegurar un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las
personas.
-
La
libre circulación de alimentos y piensos dentro de la Unión Europea solo
puede existir si los requisitos de seguridad alimentaria no difiere dentro de
los distintos estados miembros. Igualmente con los países externos a la Unión Europea que
exportan productos o piensos deben mantener unos requisitos mínimos
establecidos.
La aplicación del sistema de trazabilidad
presenta amplias ventajas, tanto para los operadores económicos como
para los consumidores y la administración.
Para
las empresas: aumento
de la seguridad y beneficios económicos
Un
buen sistema de trazabilidad en la cadena alimentaria no sólo juega un
importante papel en la protección de los intereses del consumidor, sino que,
además, aporta grandes beneficios para las empresas.
La
implementación de un buen sistema de trazabilidad no tiene por qué llevar
necesariamente asociado grandes costos. Es preciso considerar cuidadosamente
qué cambios son necesarios para asegurar trazabilidad en la empresa. El coste
de tales cambios puede ser compensado con los posibles beneficios que supone el
disponer del sistema de trazabilidad.
El
sistema de trazabilidad cumple diversas funciones de gran importancia
para los operadores económicos alimentarios y de piensos, entre las que se
encuentran las siguientes:
-
Servir
de instrumento para lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud
de las personas.
-
Proporcionar
información dentro de la empresa para facilitar el control de procesos y la
gestión (por ejemplo, el control de stocks).
-
Contribuir
al aseguramiento de la calidad y la certificación de producto.
-
Servir
de apoyo cuando los problemas surgen, facilitando la localización,
inmovilización y, en su caso, retirada efectiva y selectiva de los alimentos y
de los piensos.
-
Permitir
tomar la correspondiente decisión de destino de lotes o agrupaciones de
producto afectados, como reprocesamiento, desvío a alimentación animal, etc,
con los consecuentes beneficios económicos que ello implica.
-
Permitir
demostrar con diligencia el origen de un problema, especialmente importante con
vistas a la depuración de responsabilidades en el caso de alerta sanitaria con
consumidores con su salud afectada. Este aspecto tiene especial importancia
para demostrar la inocencia o culpabilidad en caso de supuestos delitos contra
la salud pública o, en el caso de infracciones relativas a la calidad comercial
de los productos, contra la lealtad en las transacciones comerciales y los
intereses de los consumidores.
-
También
puede posibilitar el tomar acciones dirigidas a prevenir su repetición.
-
Prestar
ayuda para hacer frente a las reclamaciones de los clientes (intermediarios en
la cadena o consumidores) sobre los productos que se entregan, pudiendo
proporcionar información sobre sus causas, detectadas en cualquier punto de la
cadena, desde su producción en origen hasta la venta al consumidor. Los
sistemas de trazabilidad son importantes para autentificar las reclamaciones
que no pueden ser apoyadas mediante análisis, como las relativas al origen o
las condiciones de garantía.
-
Potenciar
el mercado, promoviendo la seguridad comercial de los alimentos y ganando o
recuperando, en su caso, la confianza de los consumidores.
-
Prevenir
el fraude en las materias primas recepcionadas debido al aumento de control.
Para
el consumidor: aumento
de confianza
Los
sistemas de trazabilidad proporcionan confianza a los consumidores debido a que
dan certeza de que los productos se producen con la conveniente transparencia
informativa a lo largo de toda la cadena agroalimentaria, desde el
productor al consumidor.
Con
la aplicación de este sistema, el consumidor tiene la garantía de que
ante cualquier problema las acciones a tomar se realizarán con la máxima
eficacia, rapidez y coordinación.
Para
la Administración :
mayor
eficacia en gestión de incidencias
El
sistema de trazabilidad se puede englobar dentro del amplio enfoque de los
autocontroles de los operadores económicos. Esta orientación ha traído consigo
innumerables beneficios para Empresas y Administración, ya que implica una
intensa colaboración e interrelación entre las Autoridades Competentes y los
distintos operadores económicos a lo largo de la cadena alimentaria.
El
establecimiento de sistemas de trazabilidad permite a la Administración
depositar una mayor confianza en las empresas alimentarias y de piensos, facilitando
las actividades de control oficial a lo largo de toda la cadena.
El
sistema de autocontrol (APPCC) desarrollado por las empresas alimentarias y de
piensos, y como parte del mismo la trazabilidad, está facilitando a la Administración la
racionalización y optimización de recursos.
Actualmente,
si una empresa alimentaria o de piensos dispone de eficaces sistemas de
autocontrol, la
Administración puede realizar el control oficial mediante el
sistema de auditoría. Ello permite que los recursos destinados a lo largo de
muchos años a la “inspección tradicional” se deriven a otros fines, focalizando
la inspección hacia aquellas empresas pequeñas y/o menos desarrolladas.
La
optimización de los sistemas de trazabilidad por parte del sector, permitirá a la Administración una
mayor eficacia en gestión de incidencias, crisis o alertas sobre seguridad
alimentaria. Ello podrá prevenir o atenuar los efectos de las posibles alarmas
en la población, que tanto perjuicio suponen para los consumidores y el sector
empresarial, así como para la propia Administración.
LEGISLACIÓN
En cuanto a normas de carácter horizontal
es de destacar el Reglamento 178/2002, y en concreto su artículo 18, a través del cual el
Consejo y el Parlamento Europeo han sentado las bases para la puesta en marcha
de métodos de trazabilidad por parte de todos los operadores de la cadena
alimentaria.
Existen también algunas disposiciones de
carácter vertical que contemplan obligaciones relativas a la trazabilidad
que afectan a los siguientes productos:
Ø Carne de vacuno
Ø Leche y los productos
lácteos
Ø Pesca y los productos de
pesca
Ø Los huevos
Ø Los organismos
modificados genéticamente
Resumen de Legislación horizontal
LEGISLACIÓN
HORIZONTAL:
1. Reglamento (CE) nº
178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de enero de 2002 por el que
se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación
alimentaria, se crea
la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos
a la seguridad alimentaria
2.
Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los
productos resultado de la transposición de la Directiva 2001/95/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001
Se
trata de una legislación comunitaria de carácter horizontal y naturaleza
supletoria, que completa y no interfiere con las específicas existentes. Entre
las obligaciones adicionales de los productores, debe figurar la de adoptar
medidas que, proporcionalmente a las características de los productos, les
permitan:
◗ obtener información sobre los riesgos que
pueden presentar
◗ suministrar a los consumidores una información
que les permita evaluar y prevenir los riesgos
◗ avisarles de los riesgos que presentan los
productos peligrosos que ya les hayan sido suministrado.
3.
Real Decreto 2207/95, de 28 de diciembre, sobre higiene de productos
alimenticios (resultado de la transposición de la Directiva 93/43/CEE)
En
su Artículo 3.2 estableció la exigencia a las empresas del sector alimentario
de que pusieran en práctica, cumplan y actualicen sistemas de autocontrol
basados en los principios en los que se basa el sistema de Análisis de Peligros
y Puntos de Control Crítico (APPCC).
Para
que dicho sistema sea desarrollado eficazmente, es precisa la elaboración de
documentos y registros en función de la naturaleza y el tamaño de la empresa,
los cuales pueden contribuir a la puesta en marcha y aplicación del sistema de
trazabilidad.
4.
Paquete de higiene
Recientemente,
siguiendo los criterios del Libro Blanco de Seguridad Alimentaria, ha sido
adoptado un grupo de tres Reglamentos y dos Directivas cuyo objeto es
consolidar, actualizar y simplificar la legislación comunitaria relativa a la
higiene de los productos alimenticios, asegurando al mismo tiempo un nivel
elevado de protección de la salud pública.
Reglamento
(CE) Nº 852/2004 del Parlamento europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004
relativo a la higiene de los productos alimenticios (H1)
En
el artículo 5 se establece la obligación para los operadores de empresa
alimentaria que intervengan en cualquier etapa de la producción, transformación
y distribución de alimentos posteriores a la producción primaria de crear,
aplicar y mantener un procedimiento o procedimientos permanentes basados en los
principios del APPCC. Dicho sistema implica la elaboración de documentos y
registros en función de la naturaleza y el tamaño de la empresa alimentaria
para demostrar su aplicación efectiva, que pueden contribuir a la información
necesaria del sistema de trazabilidad.
Reglamento
(CE) nº 853/2004 del Parlamento europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004
por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de
origen animal (H2) Además
de cumplir las normas generales del Reglamento (CE) n.º 178/2002, los
operadores de empresa alimentaria responsables de los establecimientos sujetos
a autorización con arreglo al presente Reglamento deben asegurarse de que todos
los productos de origen animal que pongan en el mercado llevan una marca
sanitaria o una marca de identificación.
5.
Reglamento por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos
6.
Real Decreto 1808/1991, de 13 de diciembre, que regula las menciones o marcas
que permiten identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio
LEGISLACIÓN VERTICAL O SECTORIAL
1.
Carne y derivados
Real
Decreto 1698/2003, de 12 de diciembre, por el que se establecen disposiciones
de aplicación de los Reglamentos Comunitarios sobre el sistema de etiquetado de
la carne de vacuno,
2.
Pescado y productos de la pesca
Real
Decreto 1380/2002, de 20 de diciembre, de identificación de los productos de la
pesca, de la acuicultura y del marisqueo congelados y ultracongelados
3.
Leche y productos lácteos
Real
Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan la identificación y
registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el
sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche.
4.
Huevos
Reglamento
(CE) 2295/2003 de la Comisión
de 23 de diciembre de 2003 por el que se establecen las disposiciones de
aplicación del Reglamento (CEE) 1907/90 del Consejo relativo a determinadas
normas de comercialización de los huevos
5.
Organismos Modificados Genéticamente
Reglamento
nº 1830/2003 del Parlamento europeo y del Consejo de 22 de septiembre de 2003,
relativo a la trazabilidad y al etiquetado de OMG y a la trazabilidad de los
alimentos y piensos producidos a partir de éstos
No hay comentarios:
Publicar un comentario